El Alcalde de Ajalvir denuncia coacciones a su familia por el PP de Ajalvir.

El pasado 21 de marzo de 2023 el portavoz y presidente D. Antonio Martín Méndez en nombre del PP de Ajalvir, presentó un escrito en el registro del Ayuntamiento de Ajalvir solicitando la “situación” y “licencias” de una parcela situada en el camino de las Marineras, argumentando que la parcela se encuentra enclavada en la zona ZEPA.

Se da la circunstancia que esta parcela es de la propiedad de D. Víctor Malo Bravo, de 85 años, padre del actual alcalde, vecino de esta Villa y en la que dispone de una huerta de recreo a la que acude diariamente.

En dicha petición, el PP de Ajalvir amenaza que interpondrá una denuncia ante la Fiscalía de Medio Ambiente, aunque se desconocen los hechos infringidos. Desde el Ayuntamiento de Ajalvir condenamos con rotundidad esta despreciable maniobra del Sr. Martín Méndez que arrastra las siglas del PP de Ajalvir por el fango, tratando de amedrentar la voluntad del Alcalde a través de la coacción a su padre y a su familia.

Aclarar que, la finca a la que se hace referencia cuenta con los permisos de vallado perimetral, y el resto de las actividades no precisan de calificación urbanística de la Comunidad de Madrid.

En el año 2020, se solicitó por la explotación agraria Zarcilla C.B., propiedad de la familia Malo, la construcción de una Nave Agrícola para almacenamiento de aperos, maquinaria y grano, obteniéndose posteriormente la licencia del Ayuntamiento de Ajalvir y dando traslado a la Comunidad de Madrid para la obtención de los permisos de calificación urbanística, fase que se encuentra actualmente en trámite.

Víctor Miguel Malo Gómez:

No van a conseguir sus objetivos mafiosos, este Equipo de Gobierno desde que tomó posesión en junio de 2019 apostó por la transparencia y la verdad. El Sr Martín Méndez, se debería preocupar más por justificar los hechos por los que ha sido denunciado, y no perseguir a la familia del Alcalde, hecho inmoralmente e inaceptable.
Resaltar, que los hechos por los que se le imputan al presidente del PP de Ajalvir el Sr. Martin Méndez, son por ejercer sus funciones de Alcalde en los años 2007- 2019, y no se engloban en la esfera personal, ni familiar.
En resumen, quiero resaltar:

1.- La vergonzosa y despreciable actuación del PP de Ajalvir y su presidente D. Antonio Martín Méndez, intentando amedrentar a un señor mayor vecino del pueblo, sin justificación alguna, por el hecho de ser el padre del Alcalde.
2.- No van a doblegar la voluntad del alcalde, aunque ejerzan presiones a su familia y vecinos.

3.- Es vergonzoso que dentro del término municipal exclusivamente se pida información sobre la parcela propiedad de mi padre cuando el vallado se instaló a finales de 2007, los gallineros, casetas de aperos, los chamizos para guardar la paja y el resguardo de las inclemencias del tiempo en 2009 y curiosamente bajo el mandato del Sr. Martín como alcalde.

4.- Todo lo descrito anteriormente da soporte al mantenimiento y cuidado a más de 2.000 árboles de pistacho que tantos beneficios ecológicos nos dan, y con una gran aportación al medio ambiente y su fauna local. Este es el apoyo que el PP de Ajalvir aplica a los Agricultores, les ponen en entredicho sus instalaciones única y exclusivamente con fines políticos.

5.- El PP de Ajalvir debe reflexionar sobre la bajeza moral de su Presidente, que utiliza los medios del partido como arma personal, arrastrando las siglas locales por el fango intelectual y moral.

El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Ajalvir, le pide al Sr. Martin Méndez, que abandone estas prácticas mafiosas y el camino de la extorsión como herramienta política. Le pedimos enérgicamente que presente su dimisión inmediata como concejal de este Ayuntamiento.

Ajalvir no se merece a representantes de esta talla moral.

Leer más ...

LA FISCALÍA DE ALCALÁ DE HENARES DENUNCIA ANTE EL JUZGADO DE TORREJON DE ARDOZ LOS COBROS ILICITOS ENTRE LOS AÑOS 2007 Y 2019 POR EL EXALCALDE D. ANTONIO MARTÍN MÉNDEZ PORTAVOZ DEL PARTIDO POPULAR DE AJALVIR Y CANDIDATO A LAS PRÓXIMAS ELECCIONES

La Fiscalía de Alcalá de Henares concluye a toda la documentación aportada

“De todo lo expuesto se desprende que el denunciado de modo ilícito percibió cantidades superiores a las que él sabía que le correspondían, puesto que se había debatido y aprobado en pleno, y a pesar de una vez cobradas, tener conocimiento de lo indebido del cobro, no procediendo a su devolución. Tales hechos sin perjuicio de ulterior calificación jurídica serian constitutivos de delito de prevaricación del Art. 404 CP y/o de malversación del Art. 434 CP.”

“Por lo expuesto, y dando por concluida la instrucción, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 773-2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y 5º del Estatuto de Orgánico del Ministerio Fiscal, se acuerda la formulación de denuncia ante el juzgado de Torrejón de Ardoz en orden establecido de los hechos denunciados y las personas responsables, y seguidamente el archivo de las presentes diligencias, debiendo comunicarlo al denunciante.”

 

Leer más ...

EL AYUNTAMIENTO DE AJALVIR, ENTREGA A LA FISCALÍA LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA, CORRESPONDIENTE AL CASO DE LOS COBROS INDEBIDOS POR EL EXALCALDE D. ANTONIO MARTIN MÉNDEZ ENTRE LOS AÑOS 2007 A 2019.

El pasado día 2 de marzo, el secretario del Ayuntamiento de Ajalvir entrego en persona, en la fiscalía de Alcalá de Henares, la documentación solicitada al estimar y admitir a trámite la denuncia sobre los cobros indebidos por el exalcalde, D. Antonio Martín Méndez, portavoz del Partido Popular de Ajalvir y candidato a las próximas elecciones del PP en Ajalvir. Los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un delito de prevaricación artículo 404 del código penal y/o de un delito de malversación de caudales públicos de los artículos 434 y los siguientes.

Leer más ...

LA FISCALÍA DE ALCALÁ DE HENARES ESTIMA A TRÁMITE LA DENUNCIA POR COBROS INDEBIDOS POR EL EXALCALDE D. ANTONIO MARTÍN MÉNDEZ, ESTOS PUDIERAN SER CONSTITUTIVOS DE UN DELITO DE PREVARICACIÓN ARTÍCULO 404 DEL CÓDIGO PENAL Y/O DE UN DELITO DE MALVERSACIÓ

La fiscalía de Alcalá de Henares estima y admite a trámite la denuncia sobre los cobros indebidos por el exalcalde, D. Antonio Martín Méndez, portavoz del Partido Popular de Ajalvir y candidato a las próximas elecciones del PP en Ajalvir, entre los años 2007 y 2019. Los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un delito de prevaricación artículo 404 del código penal y/o de un delito de malversación de caudales públicos de los artículos 434 y los siguientes. La denuncia junto a la documentación presentada, tiene como origen el informe de la intervención del Ayuntamiento de Ajalvir, en el que ya apuntaba a la posible ilegalidad de esos cobros.

Este proceso se suma a los hechos que ya están siendo investigados por la Fiscalía Anticorrupción, sobre los contenedores soterrados de basura que fueron pagados dos veces por el exalcalde, D. Antonio Martín Méndez y su Equipo de Gobierno, ya que pudieran ser constitutivos de un delito de malversación de caudales públicos, gestionados por el anterior Gobierno Municipal (años 2008-2018).

Leer más ...

ACUERDO DE PLENO DE 11 DE FEBRERO DE 2021

En el pasado pleno celebrado con fecha de 11 febrero del 2021, se dispuso para su tramitación, el punto octavo de dicha sesión plenaria.

PUNTO OCTAVO. INICIO DE EXPEDIENTE DE DECLARACION DE LESIVIDAD DE ACTOS DE PERCEPCION DE EXCESO DE INGRESOS – RETRIBUCIONES INDEBIDAMENTE PERCIBIDOS, ACUERDO DE RECLAMACION POR REQUERIMIENTO PREVIO ACUERDO.

 EN RESUMEN: tras deliberación se acordó por el Pleno, no habiendo intervenido en la deliberación ni en la votación D. ANTONIO MARTIN MENDEZ (PP), inicio de expediente de declaración de lesividad de actos de percepción de exceso de ingresos – retribuciones indebidamente percibidas, acuerdo de reclamación por requerimiento previo.

PRIMERO. Que por mayoría de 6 votos (3 AIA, 3 PSOE) se inicie el procedimiento para determinar si procede la declaración de lesividad del acto administrativo.

SEGUNDO. Que se emita informe por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento para comprobar si el acto administrativo vulnera el interés público, a los efectos del artículo 107 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

TERCERO. Que se notifique al interesado, al objeto de que pueda presentar alegaciones en el plazo de 15 días, adjuntándosele providencia de alcaldía, informe de secretaría y listado de contabilidad con las percepciones, con diferencia de percepciones desde octubre de 2007 hasta junio de 2019. “

 

Diferencia de percepciones desde octubre de 2007 hasta junio de 2019 de

exceso de ingresos – retribuciones indebidamente percibidas 10.241,02€

 

https://www.facebook.com/ayuntamientoajalvir

Leer más ...
Suscribirse a este canal RSS